La Comisión de Ciencia, Tecnología, Innovación e Informática (CCT) del Senado Federal de Brasil aprobó el 2 de septiembre un texto sustitutivo del Proyecto de Ley 2.470/2026 que amplía significativamente las restricciones aplicables a la publicidad y al patrocinio de las apuestas de cuota fija y los juegos online.
La iniciativa busca modificar la Ley 14.790, que regula las apuestas de cuota fija en Brasil, incorporando medidas orientadas a la protección de la salud mental, los consumidores y la economía familiar, con énfasis en la prevención y reducción de daños. El proyecto fue presentado originalmente por la senadora Damares Alves junto con otros seis senadores y recibió en la CCT un dictamen favorable del senador Alessandro Vieira.
Amplias restricciones a la publicidad
El texto aprobado por la comisión propone prohibir la comunicación comercial directa o indirecta de las apuestas en una extensa variedad de medios, entre ellos radio, televisión, diarios, revistas, publicidad exterior, servicios de streaming, podcasts, redes sociales, plataformas de video, aplicaciones, sitios web, blogs, buscadores y otros espacios digitales.
Las restricciones también alcanzarían mensajes instantáneos, SMS, correo electrónico, notificaciones, publicidad automatizada mediante algoritmos, técnicas de remarketing y acciones basadas en el perfil de comportamiento del usuario.
Asimismo, quedarían alcanzados contenidos promocionales realizados por afiliados, tipsters y otros intermediarios remunerados, además de la publicidad incorporada a videojuegos y deportes electrónicos.
El proyecto contempla una excepción para las comunicaciones estrictamente institucionales realizadas en los canales oficiales de los operadores autorizados. En esos espacios podrían difundirse datos de identificación, reglas de acceso, canales de atención, mecanismos de autoexclusión y advertencias obligatorias, pero no promociones destinadas a incentivar o prolongar las apuestas.
Prohibición de patrocinios y promociones
Otro de los puntos relevantes es la prohibición propuesta para los patrocinios realizados por empresas de apuestas en clubes, federaciones, ligas, competiciones y transmisiones deportivas, así como en eventos culturales, espectáculos, proyectos educativos y sociales.
La restricción también abarcaría acuerdos con influencers, atletas, artistas y celebridades, además de modalidades como los naming rights y otras asociaciones promocionales de marca.
El texto aprobado establece un período de hasta 24 meses para la adecuación o finalización de determinados contratos de patrocinio existentes.
También se plantea prohibir bonos, créditos promocionales, apuestas gratuitas, cashback, rondas sin costo, recompensas y programas de fidelización cuando sean utilizados para estimular el ingreso, permanencia o regreso de los usuarios a las apuestas.
Autoexclusión para todos los operadores autorizados
En materia de Juego Responsable, una de las propuestas de mayor alcance establece que la autoexclusión de un jugador tenga efectos frente a todos los operadores autorizados, en lugar de limitarse exclusivamente a una plataforma.
Los operadores también deberían ofrecer mecanismos permanentes de verificación de edad, límites voluntarios de tiempo y dinero, información sobre el comportamiento de juego del usuario y protocolos verificables para detectar conductas de riesgo.
El texto impide además utilizar información de personas autoexcluidas, en tratamiento o que hayan solicitado bloquear comunicaciones comerciales con el objetivo de intentar reactivarlas como clientes.
También quedarían prohibidas las comunicaciones dirigidas específicamente a usuarios que hayan reducido su frecuencia de juego, acumulado pérdidas relevantes, activado límites o mostrado otras señales de riesgo.
Límites al uso de algoritmos y al diseño de las plataformas
La propuesta introduce además restricciones relacionadas con la utilización de datos y tecnología.
Entre ellas se encuentra la prohibición de emplear modelos predictivos para identificar momentos de mayor vulnerabilidad de una persona y utilizar esa información para estimular nuevas apuestas.
También busca impedir mecanismos de diseño de plataformas que dificulten conscientemente que un jugador pueda detener una sesión, abandonar el servicio o activar mecanismos de bloqueo y limitación.
Estas disposiciones colocan al uso de algoritmos, los patrones de comportamiento y el diseño de interfaces dentro del debate regulatorio sobre prevención de daños asociados al juego.
Clasificación de productos según su nivel de riesgo
Otro de los cambios propuestos es la creación de un sistema de clasificación de los productos de apuestas de acuerdo con su potencial de daño.
Entre los factores que deberían considerarse aparecen la velocidad con la que se obtiene un resultado, la posibilidad de repetición continua, las recompensas variables, los estímulos de “casi acierto”, los mecanismos para intentar recuperar pérdidas y las características que puedan favorecer apuestas sucesivas o impulsivas.
Los productos ofrecidos al público deberían ser evaluados previamente por un organismo del Poder Ejecutivo Federal que posteriormente determinaría la reglamentación.
Los productos clasificados como de alto riesgo quedarían sujetos a medidas específicas de reducción de daños, mientras que aquellos considerados de “riesgo excesivo” no podrían ofrecerse.
Según el texto aprobado por la CCT, esta última categoría abarcaría productos con resultados determinados por mecanismos aleatorios, ciclos continuos y recompensas variables, incluyendo ruletas, tragamonedas online, crash games y deportes virtuales simulados.
Responsabilidad de plataformas e intermediarios
El proyecto también amplía las obligaciones relacionadas con el ecosistema digital.
Proveedores de aplicaciones, plataformas, servicios de alojamiento e intermediarios publicitarios deberían retirar campañas consideradas irregulares después de recibir una notificación de la autoridad competente.
El texto establece que estas notificaciones deberán identificar claramente el contenido cuestionado y preservar los derechos de contradicción y defensa. Los contenidos periodísticos, académicos, parlamentarios, artísticos y de opinión quedan expresamente excluidos de estas restricciones.
Además, el dictamen incorpora al régimen de sanciones de la actual legislación las nuevas infracciones previstas, dentro de un sistema que contempla multas administrativas que pueden alcanzar los R$ 2.000 millones.
El proyecto todavía no es ley
La aprobación en la CCT constituye un avance legislativo, pero las medidas propuestas todavía no están vigentes.
El registro oficial del Senado indica que el 2 de septiembre la comisión aprobó el dictamen favorable en forma de texto sustitutivo y decidió presentar un requerimiento de urgencia.
La tramitación legislativa consultada el 3 de septiembre ubica actualmente el proyecto en la Comisión de Asuntos Sociales (CAS), prevista originalmente como la siguiente instancia de análisis, mientras que el pedido de urgencia fue remitido a la Secretaría General de la Mesa para su deliberación.
Por lo tanto, las restricciones sobre publicidad, patrocinio, productos y mecanismos de Juego Responsable descriptas corresponden al contenido del proyecto aprobado por la CCT y no deben interpretarse todavía como obligaciones legales vigentes en Brasil.
La evolución del PL 2.470/2026 será especialmente relevante para el sector de loterías y apuestas de Iberoamérica por la amplitud de las medidas propuestas en materia de comunicación comercial, protección de jugadores vulnerables, autoexclusión, utilización de datos y clasificación de productos según su nivel de riesgo.

