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Brasil.- 04 de Junio de 2019 www.cibelae.net La recaudación de las loterías federales aumentó de R $ 3,28 mil millones a R $ 3,30 mil millones en el primer trimestre de 2019 si se compara con el mismo período del año anterior, que representó un aumento del 0,57%. La información fue divulgada este jueves a través del Boletín de Seguimiento del Mercado de Lotería – Año 3 – Edición de la Secretaría de Evaluación, Planificación, Energía y Lotería – SECAP del Ministerio de Economía.

En términos de recaudación real por producto lotería se verificó una caída expresiva en casi todas las modalidades en el primer trimestre de 2019. Los dos principales productos loterías de la CAIXA, la Mega-Sena y la Lotofácil, tuvieron caídas de recaudación, en términos reales, de 15,6% y 7,5%, respectivamente. Esta caída en los dos productos fue responsable de la reducción de cerca de R $ 131 millones, en términos reales, en la recaudación de los productos loterías federales. Otro producto lotería que presentó una trayectoria declinante de ventas fue el Día de Sorte, con una retracción, en términos reales, del 54,3% en sus ventas de junio de 2018 al marco de 2019.
Los destaques positivos de recaudación quedaron por cuenta de la Doble Sena, Federal y Quina, con aumentos reales del 19,9%, el 19,2% y el 9,3%, respectivamente.

Del procedimiento de concesión de LOTEX

El Boletín también aclara sobre la subasta de concesión de la Lotería Instantánea Exclusiva (LOTEX), que se realizó el último martes (28).
Según la SECAP, la suspensión fue motivada por la ausencia de interesados ​​en un edicto “que ya se arrastra por aproximadamente dos años”.
Según la Secretaría, “en los próximos meses, hará consulta al mercado ya los órganos de control, en el sentido de flexibilizar el edicto hasta entonces vigente para atraer potenciales interesados ​​en operacionalizar la modalidad lotería instantánea en todo el territorio nacional, con la premisa imprescindible de implantar competencia en el sector nacional de loterías “.

***

Boletín de Seguimiento del Mercado de Lotería – Año 3 – Edición I

Ministerio de Economía – ME

Secretaría Especial de Hacienda

Secretaría de Evaluación, Planificación, Energía y Lotería – SECAP Subsecretaría de Premios y Sorteos – SUPES

Coordinación General de Regulación de lotería – COGEL

1. Presentación

El Boletín de Seguimiento del Mercado de Loterías es una publicación trimestral de la Secretaría de Evaluación, Planificación, Energía y Lotería del Ministerio de Economía, con el objetivo de mostrar, trimestralmente, números y estadísticas de los productos loterizados regulados en el ámbito federal.
En esta edición, referente al primer trimestre de 2019, se exponen también algunas consideraciones acerca del proceso de concesión de LOTEX, así como de la Nota Informativa no 11 de 2018.

2. Visión general del mercado de la lotería brasileña

2.1. De las recaudaciones y tasa real de crecimiento

En términos nominales, se observa que la recaudación de las loterías federales aumentó de R $ 3,28 mil millones a R $ 3,30 mil millones en el primer trimestre de 2019 vis-à-vis el mismo período del año anterior, totalizando un aumento de 0 57%. La razón entre la recaudación y el Producto Interno Bruto1 (PIB), por su parte, se mantuvo estable en el mismo período de comparación, situándose en el rango del 0,19%.
Si se considera un período más amplio, que comprende el primer trimestre de los últimos cinco años, se percibe que la razón entre la recaudación y el PIB poco ha oscilado, manteniéndose cerca del 0,19% en todo el período. La Tabla 1 resume los datos anteriormente descritos.

Tabla 1: Recaudación y PIB Nominal – Modalidades Lotéricas

En términos reales, la recaudación de las loterías, deflacionada por el IPCA, presentó una caída del 3,8% en el primer trimestre de 2019 con respecto al mismo período del año anterior. Frente al primer trimestre de 2014, se verificó una caída de la recaudación, en términos reales, del 14%, pasando de R $ 3,84 mil millones a R $ 3,30 mil millones.

Gráfico 1: Recaudación Real Loterías (IPCA base Mar 2019 = 100)

En términos de recaudación real por producto lotérico, comparando el primer trimestre de 2019 con el mismo período del año anterior, se verificó una caída expresiva en casi todas las modalidades. En los dos principales productos loterías de la CAIXA, Mega-Sena y Lotofácil, las caídas de recaudación, en términos reales, fueron del 15,6% y el 7,5%, respectivamente. Esta caída verificada en los dos productos arriba citados es la principal responsable de la reducción de cerca de R $ 131 millones, en términos reales, en la recaudación de los productos loterías federales como un todo.
Otro producto lotería que presentó una trayectoria declinante de ventas fue el Día de la Suerte. En el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad y de las personas con discapacidad,
Los resultados positivos de la recaudación quedaron por cuenta de la Doble Sena, Federal y Quina, con incrementos reales del 19,9%, el 19,2% y el 9,3%, respectivamente.

Gráfico 2: Recaudación real por modalidad (IPCA base Mar 2019 = 100)

En lo que se refiere a la destinación de los recursos de la lotería para programas sociales, conocida como transferencias sociales, hubo una elevación, en términos nominales, del 0,5% entre el primer trimestre de 2019 y el mismo período del año anterior, pasando de R $ De 1,63 mil millones a R $ 1,64 mil millones. En términos reales, hubo una caída del 3,9% en el mismo período. Frente al primer trimestre de 2015, la caída real fue menor, situándose en el 2,8%, según gráfico 3.

Gráfico 3: Recaudación Real y Nominal Trimestral Repases Sociales (IPCA base Mar 2019 = 100)

3. Del procedimiento de concesión de LOTEX

El 28 de mayo de 2019, había previsto realizar la subasta de concesión de la Lotería Instantánea Exclusiva (LOTEX). Sin embargo, no hubo interés en explorar la lotería instantánea por medio de canales físicos y electrónicos, en todo el territorio nacional, durante los próximos 15 años.
Ante la ausencia de interesados ​​en un edicto que ya se arrastra por aproximadamente dos años, el gobierno resolvió suspender el proceso de concesión de LOTEX.
En los próximos meses, se consultará al mercado ya los órganos de control, en el sentido de flexibilizar el edicto hasta entonces vigente para atraer potenciales interesados ​​en operacionalizar la modalidad lotería instantánea en todo el territorio nacional, con la premisa imprescindible de implantar competencia en el sector nacional de loterías.

4. De las aclaraciones referentes a la Nota Informativa no 11 de 2018

En el caso de que se produzca un accidente de tránsito en el que se haya producido un accidente de tránsito en el que se haya producido un accidente, a seguir.
En primer lugar, se resalta que esta Secretaría no ha exigido autorización previa o instaurada cualquier proceso administrativo de aplicación de penalidad a las empresas que realizan acciones en que el consumidor compra y gana instantáneamente el brindis en el acto de la compra en un período determinado, comúnmente conocido por “compró -ganhou”.
La referida nota informativa sólo presenta respuesta a algunas dudas del mercado, algunas expuestas en noticias en diarios de circulación nacional, en relación a mecánicas que no corresponden a “compró-ganó”, pero que se encuadran en las modalidades previstas en la Ley no. 5.768, de 1971 y, en consecuencia, requieren autorización previa.
En este sentido, si la mecánica pretendida por la empresa está entre las modalidades legales previstas, se debe solicitar autorización previa de esta Secretaría, no habiendo ninguna intervención del órgano en la elección de la modalidad pretendida.
Además, no hay ninguna intención recaudatoria de la Secap con dicho documento. De hecho, el interés de esta Secap es siempre en el sentido de simplificar y hacer más rápido el proceso de autorización, que fueron los objetivos implícitos anhelados en la publicación de la ley no 13.756 / 2018.
Además, en relación a las dudas mencionadas, cabe destacar que la mayoría de las empresas han optado, incluso, por la modalidad vale-brindis y asimilada a la vale-regalo para la distribución de premios instantáneos, cuando limitados al stock y, en esas modalidades, no hay la incidencia del impuesto sobre la renta sobre el valor de los premios.
Por oportuno, esta Secretaría informa también que no requiere autorización previa para programas de fidelidad y campañas de incentivo, ya que no corresponden a promociones comerciales.

Prensa: CIBELAE.net

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